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Portada » Noticias » Recomendación nº 1/2024 del Comité Especializado en coordinación de la seguridad social establecido por el artículo 8, apartado 1, letra p), del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, de 5 de junio de 2024, concerniente a las orientaciones añadidas sobre la aplicación del Protocolo relativo a la coordinación de la seguridad social del Acuerdo de Comercio y Cooperación (el Protocolo), en lo que respecta a la interpretación de su artículo SSC.11, referente a la legislación aplicable a los trabajadores desplazados y a los trabajadores por cuenta propia que ejerzan una actividad fuera del Estado competente de forma temporal [2024/1754].

Recomendación nº 1/2024 del Comité Especializado en coordinación de la seguridad social establecido por el artículo 8, apartado 1, letra p), del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, de 5 de junio de 2024, concerniente a las orientaciones añadidas sobre la aplicación del Protocolo relativo a la coordinación de la seguridad social del Acuerdo de Comercio y Cooperación (el Protocolo), en lo que respecta a la interpretación de su artículo SSC.11, referente a la legislación aplicable a los trabajadores desplazados y a los trabajadores por cuenta propia que ejerzan una actividad fuera del Estado competente de forma temporal [2024/1754].

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Unión Europea – Publicado el 24/06/2024 – Referencia: DOUE-L-2024-80940

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Creado el: 2024-06-23 15:00:00

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